Las mascotas son sin duda un miembro de la familia y muchas personas se preguntan qué dice la nueva ley de animales ¿El propietario está obligado a aceptar inquilinos con mascotas?
España ha experimentado muchos cambios en lo relativo a las mascotas. Concretamente, el 6 de octubre de 2021 el Gobierno presentó la NUEVA LEY DE PROTECCIÓN ANIMAL con el objetivo de velar por el bienestar y los derechos de las mascotas, para posteriormente, el 5 de enero de 2022, pasar a considerarlos como parte del núcleo familiar, es decir, uno más de la familia aprobando el proyecto de ley de protección, derechos y bienestar de los animales.
Con este nuevo estatus, muchos se preguntan si obligatoriamente se deberán admitir por ley mascotas en los pisos en alquiler, ya que al considerarse miembros de la unidad familiar, no hacerlo podría considerarse una discriminación.
La nueva ley de animales, busca mejorar su bienestar y sus derechos así como evitar el maltrato y la comercialización dañina para las mascotas. Sin embargo, los alquileres se regulan por la LEY DE ARRENDAMIENTOS URBANOS (LAU) la cual no se ha modificado. Esto quiere decir que, aunque los animales sean considerados miembros de la familia, los propietarios SON LOS QUE DECIDEN si los aceptan en su vivienda o no.
La LAU NO prohíbe alquilar una casa a un inquilino con mascotas, deja la opción de que sea el propietario quien lo decida. Para ello, el PROPIETARIO podrá añadir una cláusula que lo especifique si es o no permitido tener mascotas.
Si no hay cláusula que señale la prohibición de mascotas en la casa en alquiler, el inquilino podrá hacerlo y no le supondrá ningún problema siempre y cuando cumpla la normativa y no ocasiona problemas como, por ejemplo, no cumplir las medidas mínimas de higiene, mal trato con los vecinos, generar ruidos molestos, etc.
En un tema tan delicado, será aconsejable reflejar en el contrato de alquiler cualquier cláusula relativas a la tenencia de mascotas. De este modo, se evitará cualquier conflicto que pueda surgir, pactando entre las partes los detalles y reflejarlos en el contrato de arrendamiento.
Un seguro de hogar podría ser la solución perfecta para ti; tanto como inquilino como dueño de mascota. Porque puede incluir tanto Responsabilidad Civil de mascotas como otras garantías específicas para ella. Pero antes de contratarlo, descubre cuáles son tus opciones, si quieres cubrirte las espaldas en caso de que tengas que responder por tus mascotas.
DE LOS RIOS INMOBILIARIA está comprometida con cada cliente y las necesidades que cada uno tenga, es por ello que nosotros conocemos de primera mano la importancia que tienen las mascotas dentro del núcleo familiar. Intermediamos entre la comunicación del propietario y cliente, facilitando en muchas ocasiones que el el propietario pueda dar una respuesta positiva admitiendo a la mascota en el inmueble, todo esto bajo diferentes condiciones que ofrecemos para que ello ocurra.
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